[R-es] Denominación alternativa para la que quiso llamarse "Comunidad de Usuarios de R": ¿ideas?

miguel.angel.rodriguez.muinos en sergas.es miguel.angel.rodriguez.muinos en sergas.es
Mie Feb 15 13:57:12 CET 2012


Hola Carlos.

Por desgracia para nosotros, me temo que algo de razón tienen.
Una de las compañías de cable de este país se llama R (www.mundo-r.com) y el pretender adoptar la denominación de "Comunidad de usuarios de R" puede inducir a "error o confusión sobre su naturaleza".
Creo que las tornas pudieran ir por ahí. El que nos llamemos asociación o comunidad de "usuarios de R" no nos identifica unívocamente.
Es una visión personal lanzada desde la más absoluta de las ignorancias a nivel legal (me autoproclamo como lector, simplemente).


Un Saludo,
Miguel.


-----Mensaje original-----
De: r-help-es-bounces en r-project.org [mailto:r-help-es-bounces en r-project.org] En nombre de Carlos J. Gil Bellosta
Enviado el: miércoles, 15 de febrero de 2012 13:10
Para: r-help-es
Asunto: [R-es] Denominación alternativa para la que quiso llamarse "Comunidad de Usuarios de R": ¿ideas?

Hola, ¿qué tal?

Escribo en esta lista para recabar la ayuda de socios de la asociación y la comunidad de usuarios de R. Resulta que el nombre de la asociación que se eligió originariamente, "Comunidad de Usuarios de R", ha sido rechazada por el registro español de asociaciones a instancias del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (¡nada menos!) por incumplir el artículo 25 de la  Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-2007.l1t2.html#a25),
que dice lo siguiente:

"Artículo 25. Uso exclusivo de la denominación de asociación de consumidores y usuarios.

Se prohíbe utilizar los términos consumidor o usuario, la denominación de asociación de consumidores y usuarios o cualquier otra expresión similar que induzca a error o confusión sobre su naturaleza o su legitimidad para la defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, a aquellas organizaciones que no reúnan los requisitos exigidos en esta norma o en la normativa autonómica que les resulte de aplicación."

Es decir, no podemos denominarnos "usuarios".

¿Alguien puede sugerir una denominación alternativa?

Un saludo,

Carlos J. Gil Bellosta
http://www.datanalytics.com

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